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DEE con sistema POS: Fecha límite de la DIAN el 1 de junio

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Implementación del DEE con Sistema POS para Declarantes del Impuesto sobre la Renta que no son Grandes Contribuyentes.

El 1 de junio los Declarantes del Impuesto sobre la Renta que no son Grandes Contribuyentes deberán implementar el Documento Equivalente Electrónico – DEE con sistema POS.

A continuación, puntos clave:

 

¿Quiénes están afectados?

Los Declarantes del Impuesto sobre la Renta que no son Grandes Contribuyentes son aquellos contribuyentes obligados a presentar la declaración de renta. En este caso. No cumplen con los criterios para ser clasificados como Grandes Contribuyentes. Por lo tanto. Estos incluyen a pequeñas y medianas empresas (PYMES) y trabajadores independientes.

 

Transformación significativa

La implementación del DEE con sistema POS implica una transformación significativa en la forma en que estos contribuyentes emiten sus facturas y documentos equivalentes. Además, dejan atrás el proceso manual basado en papel para adoptar uno electrónico y más eficiente.

 

Ejemplos de integrantes del Grupo 2

  • Pequeñas y medianas empresas (PYMES), por ejemplo, una panadería local, que se caracterizan por tener un nivel de ingresos moderado.
  • Profesionales independientes, por ejemplo, contadores, médicos y otros profesionales que ejercen su actividad de manera independiente. Estos también deben cumplir con las obligaciones fiscales establecidas, emitiendo facturas por sus honorarios.

Beneficios y afectaciones

Beneficios:

  • Simplificación de los procesos de emisión y gestión de facturas.
  • Reducción del uso de papel.
  • Mejora en la eficiencia de la gestión fiscal.
  • Mayor transparencia en las operaciones comerciales.
  • Permitirá al adquirente soportar los impuestos descontables de IVA, costos y deducciones en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios. A menos que, el documento identifique al comprador con el nombre o razón social y su número de identificación o NIT.
  • Permitirá al Contribuyente devoluciones automáticas, declaraciones sugeridas, uso de la plataforma RADIAN y consultas de información sobre los documentos electrónicos. Además, sirven para fortalecer los procesos de control fiscal para hacerlos más efectivos.

Afectaciones:

Los contribuyentes del Grupo 2 deberán adaptar sus sistemas y procesos para cumplir con los requisitos técnicos establecidos en la Resolución 0008 con el DEE con sistema POS. Por lo tanto. Esto podría implicar costos adicionales y cambios en la forma de llevar la contabilidad.

 

Grupo 3

Para el caso del Grupo 3. Los No declarantes del Impuesto sobre la Renta y los Sujetos también deben cumplir con la medida de implementar el DEE con sistema POS, sin embargo, a partir del 1 de julio. Al igual que el Grupo 2 (1 de junio), este grupo también se ve afectado por la prórroga de los plazos para la implementación de la facturación electrónica.

En resumen. Esto busca facilitar la transición hacia este nuevo sistema y dar más tiempo a los contribuyentes del Grupo 2 para adaptarse a los cambios.

Para obtener más detalles sobre la resolución, puede acceder al texto completo en el sitio web oficial de la DIAN. Más información, consulte en www.saphety.co

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